miércoles, 28 de marzo de 2012

DRASAM dona camioneta a distrito de Cabo Leveaú

Tarapoto.- Mediante Resolución Directoral Regional Nº 039-2012, de fecha 9 de febrero del 2012, la Dirección Regional de Agricultura San Martín-Drasam, unidad ejecutora del Gobierno Regional de San Martín (Goresam), transfirió en la modalidad de donación a la municipalidad distrital de Cabo Alberto Leveaú una camioneta marca Toyota, de color verde  con placa de rodaje SIG-854, modelo YKL110L-KRH.
Al respecto, Arturo Maldonadp Reátegui, director regional de Agricultura San Martín, al ser consultado al respecto, destacó la gestión realizada por el alcalde de Cabo Alberto Leveaú, Orestes Fasanando Paredes, resaltando la disponibilidad de las autoridades y población en general del distrito llevar a cabo una próxima reunión con representantes de la Drasam para discutir proyectos que redundará en beneficio de la comunidad.
Asimismo, Maldonado Reátegui, manifestó que las puertas de la Drasam y de sus agencias agrarias estarán siempre abiertas para cualquier información, consulta, o presentación de proyectos que las organizaciones, asociaciones y agricultores en general deseen formular para su respectivo asesoramiento en cualquiera de sus cadenas productivas que desarrolla esta unidad ejecutiva del gobierno regional de San Martín.
Por su parte el Alcalde del distrito Alberto Leveaú Orestes Fasanando Paredes, resaltó las excelentes relaciones institucionales entre su comuna  y la Drasam, y agradeció la entrega de la camioneta “que será de gran utilidad para nuestra comunidad”.
Fasanando Paredes, subrayó que la unidad móvil donada por la Drasam, apoyará a las actividades administrativas para el logro de sus objetivos institucionales y contribuirá al desarrollo sostenible de la agricultura, incrementando la producción y el desarrollo de nuevas tecnologías.
DATO
De acuerdo a la normativa vigente los ACTOS DE DISPOSICIÓN de bienes muebles deberá ejecutarse dentro de los cinco meses de emitida la Resolución de baja correspondiente, en concordancia con el Artículo 122º del Reglamento de la Ley  29151 “Ley General dekl Sistema Nacional de Bienes Estatales”.

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